Nuevas Regulaciones en México Mueven la Industria Logística

Regulaciones

La Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público impone nuevos requisitos para Embarcadores, Transportistas e Intermediarios. El SAT ha publicado una 4ta Resolución Anticipada que indica que el Complemento Carta Porte será mandatorio a partir del 1 de Enero de 2021, una vez que la resolución sea publicada en el Diario Oficial de la Federación. Es necesario que toda la industria se prepare para mitigar el impacto que esto podría tener en la cadena de suministro y el comercio internacional con México.

 

Este 2021 nos enfrentamos a nuevas reformas en la industria logística que son de gran relevancia para transportistas, intermediarios y embarcadores moviendo carga dentro de México por vía terrestre, marítima, aérea y ferroviaria. Estas nuevas regulaciones entran en vigencia a partir del 1 de junio de 2021, con probable vigencia hasta el 1 de enero de 2022. En diciembre se llevará a cabo un período de prueba donde las partes involucradas podrán comenzar a emitir los respectivos documentos sin responsabilidad por errores u omisiones.

El propósito de esta iniciativa es verificar la posesión legal de los bienes transportados, fomentar el comercio formal y reducir el contrabando. Estos cambios afectarán las operaciones de la cadena de suministro de forma integral. “La demanda de cumplir con las nuevas regulaciones puede reducir la cantidad de capacidad disponible, un tema que ya es delicado. Toda la industria tendrá que adaptarse rápidamente en todos los frentes para poder operar y seguir creciendo,” afirmó Deepak Chhugani, CEO y Fundador de Nuvocargo.

La nueva Regla 2.7.1.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2021 establece que cada parte debe cumplir con la factura (de ingreso o traslado, dependiendo de su participación en la operación) y el complemento de carta porte. A continuación entramos a detalle: 

 

Transportistas

Bajo la nueva Regla 2.7.1.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2021, los transportistas deben emitir una única Factura de Ingresos que cumpla con las disposiciones fiscales por carga, ya que ya no se les permitirá emitir Facturas integrales que abarquen el total de las cargas. Sin embargo, debido a que la factura de ingresos puede contener información confidencial, los transportistas no están obligados a proporcionar este documento al destinatario o propietario de la carga.

También deben emitir el Complemento Carta Porte, el foco de esta reforma, que tendrá que acompañar la carga durante su transporte, incluir información detallada sobre la carga y ser agregado a las facturas de impuestos del propietario. Este complemento debe ser entregado al destinatario o propietario de la carga. Uno de los aspectos más desafiantes de la reforma es que este documento tiene un alto nivel de detalle sobre la carga que, además, el Transportista deberá emitir antes de su movimiento. Debe incluir información como el peso, cantidad, volumen, código arancelario, información de importación (cuando corresponda) y potencialmente incluso el valor de la carga, entre otros. 

Además de los dos documentos anteriores, los transportistas continúan teniendo la obligación de emitir todos los documentos legales adicionales requeridos para la prestación de los servicios de transporte, ya sea sobre mercancías de origen extranjero o nacional.

 

Intermediarios

Los Agentes o Intermediarios de Transporte deberán emitir una Factura de Traslado con un “valor cero”, siguiendo los requisitos de contenido y formatos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esta Factura de Traslado debe emitirse como prueba del servicio de intermediación que prestan.

Debido a que los transportistas deben emitir una sola factura de ingresos que cumpla con las disposiciones fiscales mexicanas por movimiento, esto hará que la cantidad de facturas recibidas por los intermediarios en un mes se dispare potencialmente, lo que aumentará la necesidad de una auditoría de facturas y un proceso de cuentas por pagar más eficiente y simplificado. Los intermediarios deben gestionar el cumplimiento de las verificaciones y controles específicos necesarios para corroborar que los Transportistas sigan cumpliendo con la emisión del Complemento Carta Porte, así como el resto de los documentos requeridos. 

  

Embarcadores

Los Embarcadores que deseen compensar los costos de transporte de sus productos también deberán emitir su propia Factura de Traslado. Es indispensable que los embarcadores tengan plena visibilidad, para proporcionar la información completa y correcta a los Intermediarios y al Transportista para que los envíos puedan salir a tiempo, ya que como se mencionó anteriormente, el Complemento Carta Porte debe ser emitido antes del movimiento y debe acompañar a la carga durante su trayecto. 

Sin cumplimiento, las partes pueden ser sancionadas, inhabilitadas para operar o pueden incluso obtener cargos por delitos. “Será necesario preparar las áreas administrativas, financieras, legales y tecnológicas de cada negocio que mueva carga”, dijo Carlos M. Sesma Jr., socio de la firma de abogados Sesma, Sesma & McNeese. “Las empresas involucradas en el transporte o la logística en México necesitarán una plataforma o sistema que haga que el intercambio de información sea rápido y eficiente, que el departamento financiero esté siempre listo para emitir estos documentos, y que legal gestione los riesgos y consecuencias relacionados con el cumplimiento y errores en documentos."

Nuvocargo, como broker digital que ofrece servicios de carga cross border entre México y Estados Unidos, ya está trabajando para convertirse en uno de los primeros en implementar soluciones digitales que ayuden a las empresas a enfrentar estos cambios de manera más rápida y a menor costo. Con el acompañamiento de Sesma, Sema & McNeese, bufete de abogados con vasta experiencia en la industria de la logística y el transporte en materia legal, regulatoria y contractual, Nuvocargo trabaja en la implementación de las medidas necesarias para brindar soluciones, concientización y orientación a sus clientes con respecto a estas nuevas regulaciones en la industria. Es importante recordar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene la facultad de emitir modificaciones y enmiendas adicionales. Por tanto, será necesario seguir de cerca las publicaciones y modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal, ya que pueden evolucionar considerablemente en los próximos meses.


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